Por Andrés Luis Romera Zarza, doctor ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Publicamos la segunda parte, de un total de tres, de este amplio reportaje que iniciamos el 13 de febrero.
ACTUACIONES DE LAS COMPAÑIAS ELECTRICAS PROPIETARIAS DE LAS CENTRALES NUCLEARES
La aprobación del Real Decreto 589/2024 permitió la modificación de la tarifa fija unitaria aplicada a las centrales nucleares en explotación e indicada en el apartado anterior, lo que provocó que tanto las empresas propietarias de las centrales nucleares, como Foro Nuclear la patronal española del sector, presentaran recursos en el Tribunal Supremo para tumbar el Real Decreto indicado.
Los argumentos principales esgrimidos fueron:
- El incremento de 2,38 euros por cada MWh producido respecto a la tarifa vigente hasta el 30 de junio de 2024, era ajena a la operación de las centrales nucleares, debiéndose exclusivamente a los cambios adoptados en el 7º PGRR, y por tanto no imputable en ningún caso a la gestión de las centrales nucleares.
- Para la aprobación de este Real Decreto indicado, el Gobierno de España no tuvo en cuenta ninguna de las alegaciones presentadas en tiempo y forma por la industria nuclear española en el abril de 2024.
- El acuerdo, de marzo de 2019, entre ENRESA y las empresas propietarias de las centrales nucleares españolas, y auspiciado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), mediante el que se fijaba el cese de actividad ordenado y escalonado de las unidades nucleares entre noviembre del año 2027 y mayo del año 2035, contemplaba un incremento máximo del 20%, del valor de la tarifa no modificada desde el año 2010, hasta el límite de los 7,98 €/MWh según se recogió en el Real Decreto 750/2019, de 27 de diciembre.
Además por parte de la patronal Foro Nuclear se solicitaba una operación a más largo plazo del parque nuclear conducente a disponer de mayores recursos económicos en el Fondo para la financiación de los costos de gestión de los combustibles gastados y residuos radiactivos generados por las centrales nucleares, así como su desmantelamiento, lo que ayudaría considerablemente a la financiación del propio PGRR sin tener que incrementar la tarifa.
En el primer trimestre de 2024 las empresas propietarias de las centrales nucleares y Foro Nuclear habían interpuesto:
- Recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprobaba el 7º PGRR
- Recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo por el que se adoptan las instrucciones necesarias para el abandono del proyecto para albergar un Almacén Temporal Centralizado (ATC) de combustible gastado y residuos radiactivos de alta actividad en Villar de Cañas (Cuenca).
En el Sexto Plan de General de Residuos Radiactivos en el que, entre otras cuestiones, se contemplaba la construcción del ATC indicado como estrategia básica para la gestión temporal unificada del combustible gastado y los residuos radiactivos de alta actividad en una única instalación en el país en la localidad indicada.
Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011, se aprobó la designación del emplazamiento propuesto, y una vez seleccionado el emplazamiento ENRESA procedió a la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del citado ATC y su centro tecnológico asociado, y construyó los edificios destinados a viveros de empresas, oficinas y servicios, y naves industriales.
El 7º PGRR ante la falta del consenso social, político e institucional necesario para designar el emplazamiento del ATC, optó por disponer de almacenes temporales descentralizados en cada uno de los siete emplazamientos de las centrales de Almaraz, Ascó, Cofrentes, Santa María de Garoña, José Cabrera, Trillo y Vandellós II, para albergar la totalidad del combustible gastado, los residuos de alta actividad y los residuos especiales que se generen durante la operación y el desmantelamiento de cada central, así como con los medios necesarios para su explotación, hasta su traslado definitivo a un almacén geológico profundo (AGP).
Como consecuencia de ello ENRESA tuvo que desistir de todos los procedimientos iniciados y vinculados al proyecto de construcción de un ATC en Villar de Cañas (Cuenca), en particular, de los de autorización previa, autorización de construcción y evaluación de impacto ambiental del proyecto, para proceder a su terminación ordenada, e iniciar los trámites para adoptar los acuerdos oportunos para llevar a cabo la cesión gratuita de la propiedad de los terrenos y edificios de los que era titular en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) vinculados al proyecto del ATC.
Según dicha propuesta, la opción de siete almacenes temporales descentralizados (ATD) en vez del ATC, incrementa el coste en 2125 millones de € más, pero además se ha generado un sobrecoste a 30 de junio de 2024 por todas las actividades descritas, lo que nido a desfases en las previsiones de costes por inflación, etc. ha provocado una recaudación pendiente de 4.064, y siendo la producción de energía pendiente 392.273 GWh, supone una revalorización de la tarifa eléctrica hasta la cifra indicada de 10,36 €/MWh.
IMPUESTOS DE LAS NUCLEARES Y LOS CIUDADANOS
CENTRALES NUCLEARES
Las centrales nucleares se ven sometidas a tres impuestos y tasasestatales relacionados directamente con la producción:
- Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica.
- Tasa sobre la producción de combustible gastado y residuos radiactivos procedentes de la energía nuclear (Muy baja, baja y media radioactividad).
- Tarifa fija unitaria para la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado generado en las centrales nucleares durante su explotación, con independencia de la fecha de su generación, así como los correspondientes a su desmantelamiento y clausura.
Además las centrales nucleares deben de asumir otros tres impuestos y tasas indirectos:
- Impuesto de bienes inmuebles (IBI).
- Tasa por la prestación del servicio de la Guardia Civil.
- Tasa por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear.
A esto habría que añadirle un impuesto autonómico sobre instalaciones (denominada ecotasa).
En 2023 (último año del que se tienen datos oficiales) las centrales nucleares tuvieron unos costes asociados a los conceptos anteriores de 25 €/MWh, y en caso de modificarse la denominada tasa ENRESA hasta el valor indicado en el apartado anterior los costes asociados superarían los 28 €/MWh.
Si a esto le sumásemos el coste del combustible, los costes fijos de explotación, el coste de las inversiones anuales de mantenimiento y la parte alícuota del bono social, el coste total en 2023 alcanzaría una cifra cercana a los 50 €/MWh (antes de amortizaciones e impuesto de actividades económicas), por lo que en el caso de que el precio de venta del MWh de electricidad se situara por debajo del umbral mínimo de 60 € (este precio se podría situar en los 63 €/MWh con la modificación de la tasa ENRESA) se producirían perdidas en la explotación de las centrales nucleares, lo cual llevaría irremediable al cierre de las mismas.
CONSUMIDORES
En la actualidad los consumidores pagamos, en la factura de la luz, un impuesto sobre la electricidad cifrado en el 5,113% de la suma del importe devengado la potencia contratada y el consumo realizado para, entre otros conceptos, financiar las energías renovables.
Pero en el pasado tuvimos que soportar unas tasas muy superiores, y es que:
- Antes del 31 marzo de 2005, la financiación de los costes de la gestión de los residuos radiactivos procedentes de las centrales nucleares y su desmantelamiento y clausura se basaba en un sistema de porcentajes aplicados sobre la recaudación por venta de energía eléctrica de todo el sector eléctrico, y, por tanto, eran sufragados por los consumidores finales.
El importe de los costes indicados ascendió a la cantidad 3100 millones € a la fecha del 31 de diciembre de 2005, y puesto que todas las centrales nucleares, en funcionamiento en la actualidad, ya existían antes de 2005 los gastos causados por sus residuos y desmantelamiento hasta dicha fecha han sido costeados por todos los usuarios de electricidad, además de los generados en las 3 centrales en proceso de desmantelamiento en la actualidad..
- A partir del 1 de abril de 2005, la financiación con cargo a la tarifa eléctrica de los residuos radiactivos y desmantelamientos se limitó a la parte de la provisión para la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado generados en las centrales nucleares, y a su desmantelamiento y clausura, que sean atribuibles a la explotación de estas llevada a cabo con anterioridad al 1 de abril de 2005.
Los titulares de las centrales nucleares comenzaron a pagar la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado generados en las centrales nucleares, y a su desmantelamiento y clausura, que sean atribuibles a la explotación de estas llevada a cabo con posterioridad al 31 de marzo de mediante el establecimiento de una tasa en función de los kWh brutos generados por cada central.
En la Ley 11/2009, se incluyó una tasa para la prestación de los servicios relativos a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado generados en las centrales nucleares cuya explotación haya cesado definitivamente con anterioridad al 1 de enero de 2010, así como su desmantelamiento y clausura. Estando obligadas las empresas, que desarrollan las actividades de transporte y distribución de electricidad, como sujetos pasivos sustitutivos de las centrales nucleares.
El importe de los costes correspondientes a la tarifa eléctrica ascendió a la cantidad 4260 millones € a la fecha del 31 de diciembre de 2009.
Situación actual de las centrales nucleares en España
La industria de la producción de energía eléctrica a través de centrales nucleares, es un sector donde trabajan de forma directa e indirecta 30.000 trabajadores.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030 estipuló un calendario para el cierre de todas las centrales nucleares españolas en el periodo 2023-2035, contemplando que al año horizonte del Plan (2030) solo se encuentren operativos 3 reactores nucleares.
En la década de 1960 se redactó en España la primera Ley de energía nuclear, al amparo de la cual se construyeron las tres primeras centrales en este país Zorita, Garoña y Vandellos I.
Con la llegada de Partido Socialista al gobierno de la nación, en 1982, el panorama nuclear cambió de forma sustancial , y así en el periodo 1983-1984 se produjo la reestructuración de los proyectos nucleares y se paralizan las obras de tres nuevas centrales que se estaban construyendo Lemoniz I en Vizcaya, Sayago en Zamora y Valdecaballeros I en Badajoz.
En 1991 se paralizan, siendo posteriormente suspendidas de forma definitiva las obras de 7 centrales nucleares proyectadas, además de las ya tres ya indicadas Valdecaballeros II en Badajoz, Lemoniz II en Vizcaya, Trillo II en Guadalajara y Regola en Galicia.
En 1994 con la Ley de Ordenación del Sistema Eléctrico se produjo la suspensión temporal del desarrollo de políticas de construcción y puesta en marcha de centrales nucleares (denominada moratoria nuclear).
Debido a esta moratoria nuclear en España la factura eléctrica incluyó, entre 1995 y 2010, un canon que pagamos todos los españoles para compensar a las grandes compañías eléctricas de los gastos de construcción de las centrales nucleares paralizadas, y cuyo importe total fue de 4000 millones de euros aprox. a finales del 2010.
En este país, a principios del siglo XXI, estaban en funcionamiento 9 centrales nucleares mientras que en la actualidad están en funcionamiento únicamente Almaraz I y II en Cáceres, Vandellós II y Ascó I y II en Tarragona, Cofrentes en Valencia y Trillo en Guadalajara, siendo la situación actual de las centrales la siguiente:
- La central nuclear de Santa María de Garoña, situada en Burgos, cesó su actividad productiva en el mes de diciembre de 2012, aunque la fecha oficial del cese definitivo de la explotación era julio de 2013. Antes del 6 de septiembre de 2012 podría haber solicitado la renovación de la autorización de explotación por un periodo no superior a 6 años, cosa que la propietaria de la central nuclear (Nuclenor S.A.) no llevó a efecto
El 27 de mayo de 2014 la empresa Nuclenor S.A. propietaria de la central nuclear presentó solicitud de renovación de la autorización de explotación hasta 2031, que fue rechazada por el Ministerio el 1 de agosto de 2017, pese a contar con el informe favorable de Consejo de Seguridad Nuclear.
Se encuentra en la primera fase de desmantelamiento desde su transferencia de titularidad a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA) en julio de 2023.
La central nuclear, que constaba de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 466 MWe, era del tipo de agua ligera en ebullición (BWR), y ha estado siendo explotada durante un periodo de 43 años aprox.
- La central nuclear José Cabrera, situada en Guadalajara, cesó su actividad productiva en el mes de abril de 2006, y está en fase de desmantelamiento desde su transferencia de titularidad a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA) en febrero de 2010.
La central nuclear, que constaba de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 150 MWe, era del tipo de agua ligera a presión (PWR), y ha estado siendo explotada durante un periodo de 38 años aprox.
- La central nuclear Vandellós I, situada en Tarragona, cesó su actividad productiva en el mes de octubre de 1989 a consecuencia de un incendio que afectó a sus instalaciones sin emisiones radiactivas, y se finalizó la fase de desmantelamiento de nivel 2 por la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA) en junio de 2003.
En la actualidad dispone de una licencia para permanecer en estado pasivo con las vigilancias correspondientes para garantizar su seguridad (denominado periodo de latencia), hasta el año 2028 en que se reanudaran las labores finales de desmantelamiento.
La central nuclear, que constaba de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 480 MWe, era del tipo reactor refrigerado por gas (GCR), y ha estado siendo explotada durante un periodo de 27 años aprox.
- La central nuclear de Almaraz I, situada en Cáceres, tiene concedida autorización de explotación hasta el 1 de noviembre de 2027, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2019, una solicitud de renovación última y definitiva hasta la citada fecha.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1049,40 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 46 años aprox.
- La central nuclear de Almaraz II, situada en Cáceres, tiene concedida autorización de explotación hasta el 31 de octubre de 2028, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2019, una solicitud de renovación última y definitiva hasta la citada fecha.
- La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1044,50 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 45 años aprox.
- La central nuclear de Cofrentes, situada en Valencia, tiene concedida autorización de explotación hasta el 30 de noviembre de 2030, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2020, una solicitud de renovación última y definitiva hasta la citada fecha.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1092,00 MWe, es del tipo de agua ligera en ebullición (BWR), y será explotada durante un periodo de 45 años aprox.
- La central nuclear de Ascó I, situada en Tarragona, tiene concedida autorización de explotación hasta el 2 de octubre de 2030, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2020 una solicitud de renovación última y definitiva hasta la citada fecha.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1032,5 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 46 años aprox.
- La central nuclear de Ascó II, situada en Tarragona, tiene concedida autorización de explotación hasta el 2 de octubre de 2031, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2020 una solicitud de renovación.
Antes del 31 de marzo de 2031 la empresa propietaria podrá solicitar una nueva autorización de explotación de la central nuclear, y 3 años antes de la que expire la autorización vigente debe de informar al Consejo de Seguridad Nuclear si va a solicitar la renovación de la autorización vigente.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1027,20 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 45 años aprox., salvo nueva solicitud de ampliación del plazo de explotación y autorización de la misma.
- La central nuclear de Vandellós II, situada en Tarragona, tiene concedida autorización de explotación hasta el 26 de julio de 2030, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2019 una solicitud de renovación.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1087,15 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 42 años aprox.
La central nuclear de Trillo, situada en Guadalajara, tiene concedida autorización de explotación hasta el 16 de noviembre de 2034, después de que la empresa propietaria de la misma presentará ante el Ministerio de Transición Ecológica, en marzo de 2023 una solicitud de renovación.
Dieciocho (18) meses antes del 16 de noviembre de 2034 la empresa propietaria podrá solicitar una nueva autorización de explotación de la central nuclear, y 3 años antes de la que expire la autorización vigente debe de informar al Consejo de Seguridad Nuclear si va a solicitar la renovación de la autorización vigente.
La central nuclear, que consta de 1 reactor nuclear con una potencia eléctrica de 1066,00 MWe, es del tipo de agua ligera a presión (PWR), y será explotada durante un periodo de 47 años aprox., salvo nueva solicitud de ampliación del plazo de explotación y autorización de la misma.
Como se observa en la actualidad existen 5 centrales en explotación (Almaraz, Ascó, Vandellos II, Cofrentres y Trillo) con 7 reactores en funcionamiento y una potencia total de 7400 MWe aprox.
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