La Comisión de Urbanismo ha propuesto someter a información pública la modificación introducida en el Plan Especial del Área Funcional número 4 de Campanar, que prevé la reducción de alturas en los núcleos históricos de Beniferri y Campanar con el fin de integrar los nuevos edificios al estilo constructivo tradicional en estas zonas.
El Ayuntamiento ha incorporado al plan especial las alegaciones propuestas por los vecinos y que van en el mismo sentido de reducir las alturas de los centros históricos.
El concejal de Urbanismo, Juan Giner, se reunió la semana pasada con representantes vecinales de los barrios y avanzó que el consistorio “readecuará el plan para acordarlo más a la historia e idiosincrasia de estos barrios además de reordenar los espacios de las unidades de ejecución que nos permiten mantener las dotaciones públicas y zonas verdes previstas”. Así, las edificaciones serán de dos alturas: planta baja, primer piso y cámara, según el estilo histórico de la zona.
En la misma reunión, Giner valoró y agradecer las aportaciones vecinales y el trabajo de los técnicos municipales de urbanismo para avanzar en la tramitación del plan especial.
Ahora está prevista la apertura de un nuevo plazo de 20 días de exposición pública desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Transcurrido este nuevo trámite, el expediente se remitirá para que informe el Servicio Territorial de Cultural de la Generalitat. Después de este informe, procederá la aprobación provisional por el Pleno municipal y la remisión a la Comisión Territorial de Urbanismo de la Generalitat para la aprobación definitiva.
Zonas deportivas complementarias
Por otro lado, la Comisión de Urbanismo, Parques y Jardines, Espacios Naturales y Mejora Climática ha propuesto al Pleno la modificación del artículo 44 de la Ordenanza de Contaminación Acústica para permitir las fan zone, los espacios habilitados junto a los recintos deportivos para acoger a los seguidores de un club deportivo que se concentren en un acontecimiento.
El cambio del articulado de la ordenanza afirma que “la autorización para estas actividades complementarias lo deberá solicitar el promotor del acontecimiento principal que se celebre en edificios o instalaciones que son o podrían ser el estadio de Mestalla, el estadio Ciutat de València, la Fonteta de Sant Lluís, el pabellón València Arena, la Plaza de toros o similares y quedarán afectadas por las condiciones de horario y duración que vengan recogidas en la autorización”.
Igualmente, los organizadores del acontecimiento quedarán obligados a cumplir el artículo 42 de la ordenanza, que regula “la limitación del nivel sonoro y del horario”.