El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto a la compañía Airbnb el bloqueo de más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas alojados en su plataforma. A través de la Dirección General de Consumo, el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy ha instado a la filial en Irlanda de esta multinacional a eliminar un total de 65.935 anuncios al considerarlos ilícitos por contravenir la normativa sobre la publicidad de este tipo de alojamientos turísticos. En concreto, se vulnera la normativa de las diferentes comunidades autónomas donde Consumo ha detectado estos anuncios. En todos los casos, además, se trata de viviendas completas de uso turístico, no aparecen anuncios de habitaciones individuales.
En los últimos meses, el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy ha remitido a Airbnb hasta tres resoluciones en las que se notificaron esos más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas que se detectaron en su plataforma, resoluciones en las que se instaba a esta empresa a bloquear esta publicidad. Airbnb recurrió esta acción ante la Justicia para evitar el bloqueo y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre la primera resolución emitiendo un auto en el que avala las actuaciones de Consumo. En respuesta a lo impuesto por el Ministerio en su primera resolución, el TSJ insta a Airbnb a retirar 5.800 anuncios de pisos turísticos de manera inmediata.
Desde la Dirección General de Consumo se argumentaron tres razones para justificar la ilegalidad de los 65.935 anuncios de pisos turísticos que se detectaron en Airbnb y que estarían incumpliendo diferentes normativas:
- Los anuncios no incluyen el número de licencia o registro. Esto es algo obligatorio en varias normativas autonómicas y supone la infracción más común en la publicidad que ha sido analizada.
- Los anuncios no indican la naturaleza jurídica de los arrendadores. Es decir, no indican si los arrendadores son profesionales o particulares, una cuestión que resulta fundamental para saber si quien contrata está protegido como consumidor o no.
- Los anuncios incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades. Esta práctica puede inducir a error o a engaño a las personas consumidoras.
Los anuncios sobre los que se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el auto afectan a la publicidad de viviendas turísticas que se encuentran en las comunidades de Andalucía, Comunidad de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y Euskadi.
En base a esta cuestión, el ministro Bustinduy ha manifestado públicamente su objetivo de colaborar con las administraciones públicas competentes para acabar con el descontrol y la ilegalidad generalizada de alojamientos turísticos, así como para favorecer el acceso a la vivienda y blindar los derechos de los consumidores. Por esta razón, desde Consumo se está trabajando en diversas actuaciones complementarias a las que puedan desarrollar otras autoridades. De esta manera, el Ministerio que dirige Bustinduy redobla su compromiso con esta causa aportando la información que está recopilando la Unidad de Análisis de Consumo y ofreciendo asistencia técnica a otras administraciones para que actúen en esta línea y pongan fin a los miles de anuncios ilícitos detectados.
En este contexto, cabe recordar que la Dirección General de Consumo abrió un expediente sancionador en diciembre de 2024 a una plataforma de alquiler de vivienda turística por un potencial incumplimiento de la normativa de Consumo sobre la publicidad del número de licencia, y que en febrero de 2025 abrió expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos por no indicar correctamente la naturaleza jurídica del arrendador. Estos expedientes sancionadores siguen su curso con independencia de las medidas ahora anunciadas. Además, el pasado 27 de marzo se abrió también un expediente sancionador a una gran inmobiliaria por prácticas abusivas contra inquilinos.