sábado, 21 de febrero de 2026

Abierto el plazo de tres meses para que las víctimas de la dana soliciten las ayudas de 80.000 euros por fallecimiento e incapacidad

La Generalitat Valenciana ha dado luz verde este viernes al decreto que regula la concesión directa de subvenciones por valor de 80.000 euros para los afectados por daños personales durante la riada de octubre de 2024. Esta medida, anunciada por el president Juanfran Pérez Llorca, está destinada específicamente a los casos de fallecimiento e incapacidad absoluta y permanente derivados de la catástrofe. Según ha detallado el vicepresidente tercero, Vicente Martínez Mus, la aprobación de este decreto en 2026 responde a que las circunstancias de vulnerabilidad económica y los gastos extraordinarios «todavía exigen un esfuerzo adicional de ayuda» por parte de la administración autonómica.

El procedimiento establece un plazo de tres meses para solicitar las ayudas a partir de la publicación del texto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). En los casos de incapacidad, el beneficiario será la propia persona afectada; en el supuesto de fallecimiento, el decreto reconoce como víctimas indirectas al cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres, ascendientes de segundo grado y hermanos, siguiendo un orden de prelación establecido. La Generalitat ha optado por la concesión directa debido a las razones de interés «económico, social y humanitario» excepcionales, evitando así los plazos de una convocatoria pública ordinaria.

La normativa estipula un reparto equitativo de la cuantía cuando concurran varios familiares con derecho a la subvención. Si existen cónyuge e hijos, los 80.000 euros se dividirán en dos mitades: una para la pareja y la otra a repartir a partes iguales entre la descendencia. En caso de que los beneficiarios sean padres, abuelos o hermanos, el importe total se distribuirá también por partes iguales entre los solicitantes. Las solicitudes podrán presentarse de forma individual o acumulada en el caso de que una persona reúna varias condiciones de beneficiaria, y el pago se efectuará en un abono único una vez se dicte la resolución de concesión.

El decreto se integra en la nueva etapa del Plan de Recuperación que el ejecutivo autonómico ha diseñado para el presente ejercicio, centrando sus esfuerzos en paliar la «pérdida repentina de ingresos» sufrida por las familias más gravemente afectadas. Martínez Mus ha subrayado que, aunque las infraestructuras estratégicas siguen siendo una prioridad, la prioridad actual de la Generalitat es garantizar que ninguna víctima quede en situación de desamparo financiero. Para ello, se habilitarán modificaciones presupuestarias específicas que garanticen la liquidez de estas líneas de subvención, permitiendo que la respuesta sea tan inmediata como permita la verificación de los datos de cada expediente.

Finalmente, el texto legal regula exhaustivamente los mecanismos de comprobación para evitar duplicidades o errores en el abono de los fondos. Las solicitudes pueden formularse en nombre propio o a través de representantes legales, debiendo aportar la documentación acreditativa del fallecimiento o de la declaración de incapacidad absoluta vinculada directamente a las inundaciones. Con esta medida, el Gobierno valenciano pretende cerrar el círculo de la atención social directa, reconociendo el impacto psicológico y material de largo recorrido que la tragedia ha dejado en miles de hogares de la provincia.

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