El abogado Vicente Ibor ha realizado un duro análisis jurídico sobre la instrucción del caso de la DANA, cuestionando abiertamente las diligencias practicadas hasta la fecha y advirtiendo de las profundas implicaciones penales y procesales de elevar la causa al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para investigar al president de la Generalitat, Carlos Mazón.
Respecto a la petición de imputación del jefe del Consell, el letrado ha recordado la magnitud jurídica de lo que se está juzgando. «Se está pidiendo una responsabilidad jurídica en una investigación en cual se pretende dirimir 230 homicidios involuntarios por imprudencia», ha señalado.
En este sentido, Ibor ha sido muy claro sobre la exigencia probatoria que requiere el derecho penal para condenar a un cargo público por esta tragedia. «Aquí hay que decretar de forma palpable que ese resultado fatal se ha producido por acción u omisión de Carlos Mazón», ha sentenciado.
El posible traspaso de la causa al alto tribunal valenciano podría, según el abogado, dar un vuelco completo a la investigación. «Si el TSJ decide investigar a Carlos Mazón, puede adoptar las diligencias que considere oportunas», ha explicado, apuntando directamente a la Confederación Hidrográfica del Júcar y a la Delegación del Gobierno.
Ibor vaticina que el TSJ «puede buscar testimonios del señor Miguel Polo o Pilar Bernabé ya que tendrá las competencias instructoras». Por este motivo, el jurista ha lanzado un aviso a navegantes: «pueden haber sorpresas con la línea que se está siguiendo hasta ahora».
Sin embargo, el punto más crítico de su intervención ha sido la denuncia de graves defectos de forma en la actual instrucción procesal. Ibor ha criticado duramente el proceder del juzgado, afirmando que «la jueza está investigando a un aforado que no puede investigar, por como está realizando sus investigaciones, sus testigos o su línea a seguir».
A esta falta de competencia, el letrado ha sumado una acusación aún más grave sobre la contaminación del proceso. Según Ibor, «intervino en las diligencias de instrucción el marido de la jueza instructor, siendo un delito flagrante que no respeta un derecho constitucional porque hay un juez que no tiene competencias y está realizando actividad».
El abogado ha concluido alertando de las consecuencias letales que este hecho podría tener para la viabilidad del caso. «Aquí hay una responsabilidad directa de ambas partes, la que interviene y la que lo permite, pudiendo dar nulidad parcial o total de toda la instrucción», ha rematado.



