domingo, 14 de diciembre de 2025

Por fin se hace la luz sobre el apagón del pasado 28 de abril

En los años 60 del siglo pasado, en los albores de la Televisión, se emitía una serie que tuvo éxito mundial. La serie se llamaba Perry Mason, y relataba los juicios criminales llevados a cabo por el abogado de dicho nombre. El abogado tenía una frase célebre “Cuando interrogues a un culpable dale carrete y el mismo se denunciará”.

Han transcurrido dos meses desde el apagón eléctrico que nos marcó la vida durante 24 horas, y por fin a pesar de muchas cortinas de humo del Gobierno de la Nación sale a la luz la verdad de las causas del apagón.

La Ministra de Transición Ecológica y el Reto Demográfico y Vicepresidenta Tercera del Gobierno, Sara Aagesen Muñoz, creó por mandato del Consejo de Seguridad Nacional, que puede servirse de órganos de apoyo para el ejercicio de las funciones que se les asignen cuando la gestión de una crisis lo precise al amparo del artículo 20.3 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, creó el “COMITÉ PARA EL ANÁLISIS DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONCURRIERON EN LA CRISIS DE ELECTRICIDAD DEL 28 DE ABRIL DE 2025”.  

El Comité de Análisis de Circunstancias que concurrieron en la Crisis de Electricidad del 28 de abril de 2025, en su decimocuarta sesión, celebrada el 16 de junio, y previo informe favorable de la Abogacía General del Estado, acordó elevar un informe al Consejo de Seguridad, para su aprobación y posterior toma en consideración del Consejo de Ministros.

Las principales conclusiones del mismo fueron:

  1. Causa del colapso
  2. El cero eléctrico del 28 de abril fue causado por una reacción en cadena de sobretensiones que provocaron desconexiones de generación, lo que provocó desconexiones de generación, lo que provocó aún más las tensiones y generó nuevas desconexiones
  3. Falta de control de tensión
  4. El sistema mostró insuficiencia en capacidades dinámicas para estabilizar para estabilizar las tensiones, ya que los grupos conectados no absorbieron la energía reactiva necesaria lo que agravó las sobretensiones.
  5. Oscilaciones
  6. Fenómenos rítmicos (oscilaciones) desestabilizaron el sistema. La 1ª oscilación, producida a las 12:03 fue atípica, mientras la 2ª, producida a  las 12:09, fue más habitual pero igualmente critica.
  7. Desconexiones prematuras
  8. Algunas instalaciones se desconectaron antes de lo esperado, lo que contribuyó al colapso.
  • Interconexión limitada
  • La baja capacidad de interconexión con Europa (3% de la capacidad instalada) dificultó la estabilidad del sistema, lo que contribuyó al colapso.
  • Ciberataques
  • No se encontraron evidencias de ciberataques o incidentes de seguridad como causa del colapso.
  • Vulnerabilidades
  • Se identificaron riesgos de seguridad, como falta de autenticación robusta, insuficiente segregación de redes IT/OT y carencias en la gestión de vulnerabilidades.
  • Conclusiones
  • Necesidad de reforzar el control de tensión, mejorar la ciberseguridad y aumentarla capacidad de interconexión para prevenir futuras crisis.

El informe indicado consta de 182 páginas, y en él alguna información no ha sido censurada en el documento que se puede consultar en la página web del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico, pero hace especial relevancia en que Red Eléctrica, como gestor del Sistema Eléctrico Nacional, debe garantizar la Inercia del sistema (capacidad del sistema de corregir de manera automática e instantánea desviaciones en la frecuencia provocadas por desequilibrios generación – demanda).

En la actualidad, sólo los grupos síncronos que rotan con grandes masas de energía (hidráulica y grupos térmicos: nuclear, carbón, gas, termosolar, biomasa, cogeneración y residuos) aportan inercia.

Con el desarrollo de la electrónica de potencia y las tecnologías de “grid forming” las tecnologías asíncronas (eólica y fotovoltaica) y el almacenamiento podrán aportar inercia sintética en el futuro, y también mediante el uso de equipos que se pueden integrar en la red y que aportan inercia, como los compensadores síncronos o los volantes de inercia.

A la vista del citado queda claro que Red Eléctrica falló a la hora de aportar inercia al sistema, y de forma imprudente venía incorporando excesiva generación eléctrica mediante tecnologías asíncronas (eólica y fotovoltaica), sin tomar las debidas precauciones para no desestabilizar el sistema como ya indicábamos en nuestro artículo publicado el 20 de mayo de 2025 en Interdiario.

En el citado artículo informábamos que en las dos semanas previas al apagón, en el periodo comprendido entre las 10 y las 17 horas de cada día (periodo de mayor producción fotovoltaica y eólica), dicha producción si situaba entre el 60% y el 70%, por encima del máximo del 50% recomendado por los estudios técnicos.

Con posterioridad el Gobierno, utilizando una de sus herramientas favoritas el Real Decreto-Ley, publicó en el Boletín Oficial del Estado nº 152 de fecha 26 de junio de 2025 el Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.

En este Real Decreto-Ley ordenaba al operador del sistema (Red Eléctrica) analizar y revistar diversos aspectos de la regulación eminentemente técnicos y proponer, en el plazo de entre tres y quince meses, modificaciones normativas adecuadas para reforzar la resiliencia del sistema eléctrico, en los ámbitos de amortiguamiento frente a oscilaciones, la velocidad de cambios de tensión en el sistema, la calidad en la inyección de potencia activa por parte de las instalaciones de producción, el funcionamiento de los servicios de ajuste, y los requisitos de monitorización y remisión de datos para el análisis de incidentes.

Además indicaba que el almacenamiento con tecnología electroquímica stand alone o hibridado supone una herramienta clave para impulsar los objetivos en España de integración de energía de origen renovable no gestionable.

La aceleración en la tramitación de instalaciones de almacenamiento energético es crucial para garantizar la seguridad y estabilidad del sistema eléctrico. Estas instalaciones permiten una mayor integración de energías renovables, reduciendo la dependencia de fuentes fósiles y disminuyendo las emisiones de gases de efecto invernadero, y por ello agilizar su implementación facilita una respuesta más eficiente a la creciente demanda energética y contribuye a la soberanía energética.

A la vista de todo esto creo que queda claro que Red Eléctrica, de la que el Gobierno de España es el accionista mayoritario con el 20% del capital social, es el responsable del apagón que sufrió el país el pasado 28 de abril, y no es porque lo diga el autor de este artículo, sino porque así lo indica el Comité de Análisis en su informe y el Gobierno en su Real Decreto-ley.

Así no es de extrañar que asociaciones de consumidores, patronales que agrupan a grupos industriales y grandes compañías eléctricas estén preparando demandas millonarias contra Red Eléctrica por su incapacidad a la hora de gestionar el Sistema Eléctrico el pasado 28 de abril, puesto que era conocedora de que ese día y las semanas anteriores estaba alterando la inercia del sistema incorporando excesiva generación eléctrica asíncrona (fotovoltaica y eólica) sin una compensación suficiente de generación eléctrica síncrona (hidráulica, nuclear y de ciclo combinado).

Pero verdaderamente el principal responsable es el Gobierno de España, que es quien nombra al Presidente de Red Eléctrica y tiene mayoría en el Consejo de Administración, y que trata de desviar la atención legislando medidas tardías, mediante instrumentos (Real Decreto-Ley) que le permite saltarse el control parlamentario.