La Constitución de 1812 es conocida popularmente como “La Pepa”, porque fue promulgada el 19 de marzo, día de San José, y como el nombre de José se suele acortar como «Pepe», y al ser la Constitución un término femenino, la gente popularmente la apodó «La Pepa».
El nombre popular de la Ley de Movilidad Sostenible no tiene un trasfondo tan pintoresco, sino que se debe a que el argumento más utilizado por el Gobierno de Sánchez, para defender la aprobación de la Ley, ha sido “Si no se aprueba esta Ley perderemos 10.000 millones de euros comprometidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que la Unión Europea no transferirá hasta que no se apruebe la Ley”.
Como se ve, la argumentación no puede ser más elaborada, pero que se puede esperar de un Gobierno que elabora una ley tan inoperante como esta.
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua (DRAE) Inoperante significa “Que no es eficaz o no produce efecto”. En este sentido, Albert Einstein dijo: “Nada destruye más el respeto por un Gobierno que la aprobación de Leyes que no pueden ponerse en ejecución”.
Una Ley es operativa cuando está dirigida a una situación de la realidad en la que puede operar inmediatamente, sin necesidad de instituciones que deba establecer el Congreso, y para ello debe ser lo suficientemente clara y específica para evitar ambigüedades y poder ser aplicada directamente en los casos que regula.
¿SE PUEDE DECIR QUE LA LEY DE MOVILIDAD SOSTENIBLE ES INOPERANTE?
La respuesta afirmativa a esta respuesta seguro que la dan el 100% de los lectores una vez leído este artículo.
Esta Ley para su desarrollo ha necesitado:
- 1 Preámbulo que consta de 20 páginas.
- 110 Artículos (incluido uno nuevo producto de las enmiendas del Senado), englobados en 8 Títulos diferentes.
- 39 Disposiciones adicionales (incluida una supresión y 8 adiciones producto de las enmiendas del Senado).
- 10 Disposiciones transitorias.
- 22 Disposiciones finales.
- 1 Disposición derogatoria única.
- 9 Leyes modificadas, 2 Reales Decretos-Ley modificados, 3 Reales Decretos modificados y 1 Decreto modificado.
Esta Ley ha generado para su desarrollo la creación de las siguientes Entidades Institucionales principales:
- Sistema Nacional de Movilidad Sostenible
- Foro Territorial de Movilidad Sostenible.
- Consejo Superior de Movilidad Sostenible.
- Conferencia Sectorial del Transporte.
- Comisión de Directores Generales de Transporte Terrestre.
- Conferencia Sectorial de Infraestructuras de Transporte Terrestre.
- Comisión de Directores Generales de Infraestructuras de Transporte Terrestre.
- Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial.
- Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial.
- Consejo Asesor del Ministro de Transportes.
- Oficina del punto de Acceso Nacional de Transporte Multimodal.
- Oficina Gestora del espacio controlado de pruebas.
- Oficina para la Facilitación de Pruebas de Vehículos Automatizados en Vías Públicas.
- Comisión de personas expertas en movilidad del espacio controlado de pruebas.
- Espacio de Datos Integrados de Movilidad.
Esta Ley ha generado para su desarrollo la elaboración de los siguientes documentos principales:
- Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible.
- Instrumento de Planificación Estratégica Estatal de Movilidad.
- Instrumento de Planificación en materia de transportes y movilidad de las Comunidades Autónomas.
- Planes de movilidad sostenible de entidades locales.
- Planes de movilidad sostenible para grandes centros de actividad.
- Planes de movilidad sostenible al trabajo.
- Estrategia plurianual de concienciación y sensibilización en materia de movilidad sostenible.
- Estrategia Estatal contra la pobreza del transporte.
- Estrategia estatal de impulso del uso de la bicicleta.
- Plan estratégico para la sostenibilidad del transporte a ereo.
- Plan de choque ferroviario, plan de atención urgente a los pasajeros y protocolo de análisis de incidencias en la red ferroviaria.
- Mapa estatal de capacidad de la red eléctrica.
- Estudio para asegurar nuevos servicios ferroviarios para la movilidad cotidiana en las Comunidades Autónomas.
- Estudio para asegurar el estacionamiento seguro de los transportes de mercancías peligrosas por carretera.
- Informe de actividad en materia de políticas públicas de movilidad y transportes.
La ingente cantidad de Entidades Institucionales a crear sumado a la gran cantidad de Documentos a generar, y unido al escaso plazo estipulado en la Ley para su implementación, hacen que esta Ley sea inoperativa.
¿CARPETAZO A LA ENERGIA NUCLEAR O NO?
El Partido Popular aprovechando su mayoría en el Senado consiguió que se incluyera una enmienda, referente a la energía nuclear, en la Ley de Movilidad Sostenible que sería remitida con posterioridad al Congreso para su debate y aprobación en su caso.
La citada enmienda consistía en la incorporación de una nueva Disposición final enumerada como vigesimocuarta referente a la “Supresión de la fecha de cese definitivo de explotación de las centrales nucleares de Almaraz (Unida des I y II), Ascó I y Cofrentes”.
Para ello se modificaban las Ordenes TED vigentes, por las que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) concedió la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear de Almaraz I hasta el 1 de noviembre de 2027, a la Central Nuclear de Almaraz II hasta el 31 de octubre de 2028, a la Central Nuclear de Ascó I hasta el 1 de octubre de 2030 y a la Central Nuclear de Cofrentes hasta el 30 de noviembre de 2030.
La modificación consistía en la incorporación de un nuevo articulo, en virtud del cual el titular de la Central Nuclear correspondiente podría solicitar, con al menos dieciocho meses de antelación al cese definitivo de explotación de la Central Nuclear, una nueva autorización al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Los argumentos esgrimidos por el Partido Popular fueron:
- El Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 de la Comisión de 9 de marzo de 2022, considera a la energía nuclear su contribución a la mitigación del cambio climático y su sostenibilidad medioambiental.
- El IPCC (Intergovernmental Panel on Climate Change) en su informe «Global Warming of 1.5°C» destaca el papel crucial de la energía nuclear como fuente de bajas emisiones de carbón en la lucha contra el cambio climático, y la necesidad de incrementar su contribución para reducir las emisiones de CO2 y alcanzar los objetivos climáticos globales.
- El informe Draghi, publicado en septiembre de 2024 por Mario Draghi exprimer ministro de Italia y expresidente del Banco Central europea, destaca el papel esencial de la energía nuclear en la Unión Europea debido a sus bajos costes de producción, su generación libre de emisiones de CO2 y su papel en la garantía de suministro.
- La Taxonomía europea incluye desde enero de 2023 a la energía nuclear en la taxonomía europea, un sistema de clasificación de actividades económicas ambientalmente sostenibles. La taxonomía facilita y favorece las inversiones incluidas en la misma para apoyar la descarbonización de Europa.
- La consultora PWC, señala que el impacto en precio, emisiones y garantía de suministro será superior si no se cuenta con el respaldo del parque nuclear, y que el cierre nuclear supondrá un aumento del precio de la electricidad, además de multiplicarse por 6 las emisiones de CO2 y el consumo de gas natural, poniendo en riesgo el cumplimiento de los objetivos climáticos.
En la votación del Pleno del Congreso de los Diputados, celebrado el día 13 de noviembre de 2025, la enmienda fue rechazada por 172 a 171 votos, con la abstención de los 7 diputados de Junts per Catalunya, el partido de Puigdemot, y esto podría parecer el carpetazo a la energía nuclear en España, pero puede no ser así.
Durante este año 2025 hemos asistidos a un cruce de declaraciones de los propietarios de la Central Nuclear de Almaraz (Unidades I y II) y los responsables del MITECO, sobre el cierre definitivo de la Central.
Los propietarios de Almaraz en un principio exigían al Gobierno una rebaja de impuestos para solicitarla posible ampliación de la Central, mientras que el Ejecutivo se ha negado a estudiar dicha solicitud argumentando que ello implicaba trasladar costes a los consumidores.
En este sentido el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en mayo pasado mostraba su disposición a contemplar una ampliación de la vida de todas las centrales nucleares si lo pedían las eléctricas propietarias y si la solicitud cumplía tres condiciones previas:
- Que se garantizara la seguridad de los ciudadanos desde una perspectiva radiológica
- Que fuera conveniente para garantizar la seguridad de suministro eléctrico
- Que no supusiera un mayor coste para los consumidores ni para los consumidores.
Tras meses de declaraciones y esperas, por fin los propietarios de la Central Nuclear de Almaraz han cedido, conformándose de momento con la rebaja de la tasa autonómica prometida por la Junta de Extremadura y dejando para más adelante una eventual negociación económica con el MITECO, para poder salvar Almaraz.
Así el pasado día 30 de octubre la asamblea de la sociedad formalmente propietaria de la Central (constituida por Iberdrola, Endesa y Naturgy) en una reunión extraordinaria aprobó pedir una ampliación de la concesión de explotación de Almaraz, y de manera inmediata las compañías remitieron la solicitud al MITECO.
Las compañías remitieron, de forma paralela, al Consejo Superior de Seguridad Nuclear (CSN) la documentación para ir preparando el cierre de la Central de Almaraz I, y cumplir con la obligación de remitir dicha documentación antes del 1 de noviembre.
Las compañías también han solicitado al MITECO (cuya ministra es la vicepresidenta Aagesen), que instara al CSN a paralizar los trabajos para preparar la clausura de Almaraz y que se centrara en analizar la solicitud de ampliación de la vida de Almaraz.
El Gobierno ha descartado atender esa petición de las compañías, y no ha solicitado al CSN que frene el expediente de cese de actividad de la Central de Almaraz, por lo que el CSN dispondrá hasta finales de agosto de 2027, según la reglamentación vigente, para emitir su informe sobre la solicitud de prórroga de la central de Almaraz.
De manera análoga la empresa pública Empresa Nacional de Residuos Radioactivos S.A. (ENRESA) abrió el periodo comprendido entre el 22 de mayo y el 18 de julio de 2025 para recibir ofertas para la realización del “Servicio de ingeniería para el Desmantelamiento de la Central Nuclear de Almaraz”.
En la actualidad la fase de adjudicación está en la última fase, ya que solo existe un candidato para realizar el citado servicio, la UTE INGENIERIA DESMANTELAMIENTO C.N. ALMARAZ, constituida por EMPRESARIOS AGRUPADOS INTERNACIONAL, S.A. y WESTINGHOUSE ELECTRIC SPAIN, S.A.U. y el Comité de Asistencia Técnica ha acordado, en su reunión del día 29 de octubre pasado, poner la documentación de la UTE a disposición de la Dirección Proponente para que haga una revisión más exhaustiva de la misma y elabore el correspondiente informe.
CONCLUSIONES
El Gobierno de Sánchez lleva jugando al gato y al ratón, durante todo este año 202,5 con las compañías propietarias de la Central Nuclear de Almaraz, mientras sigue dando pasos para proceder a su desmantelamiento, el último de los cuales ha sido tumbar la enmienda del Partido Popular que habría abierto la puerta a la continuidad no solo de la Central de Almaraz (Unidades I y II), sino también de las Centrales de Ascó I y de Cofrentes.
El cierre de Almaraz va a suponer la pérdida de entre 4.000 y 5.000 empleos directos e indirectos en toda la comarca y otras partes de Extremadura, y como ha advertido el alcalde Socialista de Almaraz “El voto del PSOE en el Congreso por el cierre de la central le va a afectar en las elecciones en Extremadura”.
Y con toda posibilidad en estas próximas elecciones anticipadas de Extremadura, a celebrar el día 21 de diciembre de este año, la actitud del PSOE con Almaraz le pasará factura, y a la candidata del Partido Popular y expresidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola, le beneficiara la defensa a ultranza que ha realizado de Almaraz, con rebaja de impuestos inclusive.
Imagen: Promulgación de la Constitución de 1812, por Salvador Viniegra (Wikimedia). Cuadro expuesto en el Museo de las Cortes de Cádiz (Cádiz).



