El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decretado este jueves la apertura de juicio oral contra el exministro de Fomento José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama, dentro de la causa que investiga la presunta contratación irregular de mascarillas durante los primeros meses de la pandemia de COVID-19. La decisión, adoptada mediante auto, supone un avance clave en una de las investigaciones más relevantes vinculadas a la gestión de adquisiciones sanitarias en la crisis sanitaria.
En la resolución, el instructor acuerda mantener la prisión provisional, comunicada y sin fianza, para Ábalos y García, quienes ya se encontraban privados de libertad en el marco de esta causa especial. En cuanto a Víctor de Aldama, el Tribunal Supremo mantiene para él la obligación de comparecer quincenalmente —los días 1 y 15 de cada mes—, así como la prohibición de abandonar el territorio nacional y la retirada del pasaporte.
El magistrado detalla que los hechos se califican provisionalmente como constitutivos de una batería de delitos graves: integración en organización criminal, cohecho continuado activo y pasivo, uso y aprovechamiento de información privilegiada, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, falsedad en documento oficial y prevaricación. Un conjunto de acusaciones que, según el auto, han sido precisadas y ampliadas en los escritos presentados por las partes acusadoras.
Además, se requiere a Ábalos y García la prestación de una fianza de 60.000 euros con el fin de asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse tras la celebración del juicio. De no depositarse en el plazo de cinco días hábiles, el tribunal procederá al embargo de bienes por la cuantía necesaria. Para ello, se ordena la formación de una pieza separada relativa a esta garantía económica.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo se declara competente para enjuiciar la causa y notifica el auto a los tres acusados, quienes disponen de un plazo de diez días para presentar su escrito de defensa. El magistrado advierte de que, en caso de no hacerlo, se entenderá que se oponen a las acusaciones y el proceso continuará su curso.
Asimismo, se informa de la resolución a la presidenta del Congreso de los Diputados, de acuerdo con el Reglamento de la Cámara, dado que uno de los acusados mantiene la condición de aforado. El auto precisa que no cabe recurso alguno contra la decisión, salvo en lo relativo a la situación personal de los acusados, aspecto que podrá ser reproducido ante el órgano encargado del enjuiciamiento.
Con esta decisión, el procedimiento avanza hacia una fase decisiva, en la que se determinará la responsabilidad penal de los acusados por su presunta implicación en una trama de adjudicación irregular de contratos de material sanitario en plena emergencia sanitaria.


