La Federación Empresarial de Centros de Formación de la Comunitat Valenciana (CECAP CV) ha dado a conocer entre sus más de 130 centros asociados la sentencia favorable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm., 1 de Valencia que limita las ayudas a grandes Grupos Empresariales en la gestión de subvenciones para formación, en favor de la equidad para pymes en estos procesos.
Según apunta César Llácer, secretario general de CECAP CV, «el reparto de fondos públicos a menudo destapa una tensión sistémica, dado el deber de la administración de distribuirlos de la forma más equitativa posible y la capacidad de los grandes grupos empresariales para utilizar su estructura y maximizar la captación de estos recursos que rompe la igualdad de condiciones».
Por ello, dicha sentencia sienta un precedente histórico en la gestión de subvenciones para formación. Esta decisión representa una victoria estratégica para las pequeñas y medianas empresas (pymes) frente a las grandes corporaciones, apuntan desde CECAP CV. La movilización del tejido empresarial local, representado en CECAP CV y en defensa de los intereses de las pymes, ha permitido que se personaran como afectados una extensa relación de entidades de la Comunitat Valenciana.
El conflicto surgió cuando la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación impugnó la resolución de la Generalitat Valenciana (LABORA). La norma en disputa establecía que, en el caso de empresas pertenecientes al mismo grupo, solo una de ellas (matriz o filial) podría solicitar la subvención.
Sentencia
La sentencia desestima el recurso de las grandes empresas de forma contundente. El tribunal dictamina que esta limitación no es discriminatoria, sino que responde a «razones de interés general» para que las ayudas alcancen al mayor número posible de beneficiarios. El fallo es claro: «el dinero público debe ser debidamente administrado conforme a los principios de eficiencia y necesidad», según refleja la sentencia.
El juez desmontó la tesis de que esta medida era desproporcionada. Al permitir que múltiples filiales de un mismo grupo captaran fondos, se produciría una «duplicidad en la subvención» que beneficiaría a un único interés económico por encima del resto. La sentencia establece que la medida es «necesaria para el reparto equitativo». Al evitar que un conglomerado empresarial acapare los recursos bajo distintas personalidades jurídicas, se garantiza que el dinero llegue a empresas independientes que, de otro modo, quedarían fuera del sistema.
El logro más significativo de esta sentencia es el reconocimiento explícito de la protección de las pymes como un objetivo legítimo de la administración. El juez advierte que, sin estos límites, las grandes empresas podrían mermar e incluso controlar el mercado de las subvenciones.
El fallo recuerda que la libertad de empresa (art. 38 CE) no es absoluta y debe equilibrarse con la necesidad de proteger a los competidores más pequeños frente a estructuras que puedan distorsionar la concurrencia. Como prueba de la firmeza de esta decisión, el tribunal ha impuesto las costas procesales a la asociación de grandes empresas.
En definitiva, apunta Ana García, presidenta de CECAP CV: ‘esta sentencia (n.º 20/2026) marca un antes y un después. Al validar que la administración puede y debe limitar la participación de grupos empresariales para favorecer la equidad, se abre la puerta a un modelo de subvenciones más democrático. Es un triunfo para entidades como las que conforman CECAPCV, demostrando que la unión de las pequeñas empresas es capaz de blindar el interés general frente al poder de los grandes lobbies corporativos’.



