Google se enfrenta a la confirmación de una monumental multa de 4.124 millones de euros impuesta por la Unión Europea. La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Juliane Kokott, ha propuesto hoy desestimar el recurso de casación de Google, respaldando la decisión previa del Tribunal General que encontró a la compañía culpable de prácticas anticompetitivas relacionadas con su sistema operativo Android.
La multa original, impuesta por la Comisión Europea el 18 de julio de 2018, ascendía a casi 4.343 millones de euros. Según la Comisión, Google abusó de su posición dominante al imponer restricciones contractuales a fabricantes de dispositivos móviles y operadores de redes. Estas restricciones, que se remontan al menos a 2011, incluían:
- Agrupación obligatoria: Los fabricantes debían preinstalar las aplicaciones de búsqueda general «Google Search» y el navegador «Chrome» para poder obtener la licencia de «Play Store».
- Restricciones de antifragmentación: Para acceder a Play Store y Google Search, los fabricantes se comprometían a no vender dispositivos con versiones de Android no autorizadas por Google.
- Reparto de ingresos: Google condicionaba la participación en los ingresos por publicidad a que los fabricantes y operadores no preinstalaran otros servicios de búsqueda general en ciertos dispositivos.
La Comisión argumentó que estas prácticas tenían como objetivo proteger y reforzar la posición dominante de Google en los servicios de búsqueda general, impulsando sus ingresos publicitarios en un momento de auge del internet móvil. Todas las restricciones fueron calificadas como una «infracción única y continuada».
Google impugnó la decisión de la Comisión, y aunque el Tribunal General anuló parcialmente la multa en septiembre de 2022 (específicamente la relacionada con el reparto de ingresos), la sanción se recalculó y se mantuvo en 4.124 millones de euros.
Ahora, la abogada general Kokott ha revisado el recurso de casación de Google y propone que el Tribunal de Justicia mantenga la multa y confirme la sentencia del Tribunal General. Kokott señala que la apreciación de los hechos y las pruebas del Tribunal General es, en principio, incontestable ante el Tribunal de Justicia. Además, considera que los argumentos jurídicos de Google son inoperantes.
En particular, la Abogada General enfatiza que el Tribunal General no estaba obligado a realizar un «análisis contrafáctico» (comparar la situación con un escenario sin la conducta en cuestión) para probar el abuso en la agrupación de Play Store, Google Search y Chrome. Basta con demostrar que la preinstalación de estas aplicaciones influyó «de manera discriminatoria» en la decisión de los usuarios, aprovechándose del «sesgo de statu quo» al que los competidores no podían oponerse eficazmente.
Kokott añadió que no es realista comparar a Google con un «competidor hipotético igualmente eficaz» debido a su posición dominante y los efectos de red en el ecosistema Android, que le han permitido acceder a datos y mejorar sus servicios de una forma inalcanzable para otros.
Finalmente, la abogada general respaldó que, incluso con la anulación parcial de la decisión sobre el reparto de ingresos, subsiste una infracción única y continuada, fruto de una estrategia global de Google para preservar su modelo de negocio basado en la búsqueda general. También confirmó que el Tribunal General realizó un recálculo correcto de la multa.
Es importante destacar que las conclusiones de la abogada general no son vinculantes para el Tribunal de Justicia. Su función es ofrecer una solución jurídica independiente. Los jueces del Tribunal de Justicia comenzarán ahora sus deliberaciones y la sentencia definitiva se dictará en una fecha posterior. Si el Tribunal de Justicia confirma la multa, representaría un golpe significativo para las prácticas de negocio de Google en Europa y reafirmaría la capacidad de la UE para regular a las grandes tecnológicas.



